miércoles, 28 de marzo de 2007

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCUELA SECTOR ORIENTE


La Escuela Sector Oriente, ubicada en la zona Urbana Oriente de la Comuna de Quellón, atiende a niños y niñas en el nivel de Educación Especial, Transición Menor y Mayor y de 1° a 8° Año de Enseñanza Básica. En el contexto de las Políticas Educacionales y Principios que de ella derivan, nuestra Escuela tiene como centro a la persona y su pleno desarrollo, desenvolvimiento y su positiva integración a una Sociedad Democrática en permanente desarrollo, con un bagaje Cultural al servicio del hombre y la mujer, que permita la toma de decisiones libres y responsables en forma permanente.

FUNDAMENTACIÓN

Considerando que la persona humana es única, irrepetible, trascendente, perfectible, libre, organizada racionalmente, que posee voluntad y es creativa. Como tal, piensa, tiene aspiraciones, valora, discrimina, es capaz de relacionarse, dar y recibir afecto, manejar su conducta, respetar las diferencias, proyectarse y realizarse. Que, como hombre o mujer es un proyecto de vida que va creciendo y como ser trascendente está dotado de espiritualidad.

Inspirados en estos principios filosóficos, es que la Escuela Oriente de Quellón, aspira como

MISIÓN: Es educar con calidad y equidad, alta autoestima, espíritu democrático y pluralista, con profunda convicción y práctica de los derechos humanos, en un ambiente grato con clima pedagógico afectivo y motivador.
VISIÓN: Se proyecta como una Escuela Abierta para y en la diversidad. Reconocida por la innovación pedagógica, un buen clima organizacional y espacios de comunicación con la comunidad escolar y conscientes de las diferencias individuales , que asume, responsablemente, la realidad cultural, social y del medio, con propuestas curriculares de acuerdo a los requerimientos educacionales, sociales y tecnológicos que impone la sociedad.
EN LA FUNCIÓN FORMATIVA: Se entregará al alumno un proceso de formación permanente y transversal al currículo, que procure su desarrollo en toda su dimensión humana, afectiva y social, de manera que pueda responder de sí mismo, aprenda a tomar decisiones de manera reflexiva y libre, usando el criterio para su beneficio, el de su familia y la sociedad.
EN LA FUNCIÓN RETENCIÓN EN EL SISTEMA EDUCACIONAL: Se desarrollaran diversas acciones destinadas a lograr la permanencia de los alumnos(as) en el sistema educativo, procurando que terminen su Educación General Básica.
EN LA FUNCIÓN ORIENTACIÓN: Se desarrollaran acciones en forma permanente para apoyar colaborar directamente al niño y su familia en el desarrollo del autoconocimiento y autoafirmación personal, fortalecer y desarrollar el cultivo de las relaciones interpersonales, el fomento de la prosecución de estudios y propender a promover el desarrollo del nivel económico y sociocultural futuro de los alumnos y alumnas.
Consecuente con todo lo anterior surge el Manual y Reglamento Interno de Convivencia Escolar. como un marco normativo y regulador de la convivencia y desempeño de las personas y su desarrollo integral. .RÉGIMEN DE ESTUDIO:
El año lectivo se dividirá en dos semestres con un total de 40 semanas de trabajo.
Para efecto de las normativas curriculares estas se regirán por el Decreto 240 . para la Educación Básica, Las Bases Curriculares de la educación Parvularia y los Decretos de Educación Especial Nº 91 y los que corresponda a los déficit que se atiende, aprobados por el Ministerio de Educación.
De los programas de estudios serán los que rigen legalmente por el Ministerio de Educación en los Decretos ..................... y el Plan de Estudio propio aprobado por Resolución Nº .........
Y en cuanto a las normativas relacionadas con el proceso de evaluación, las consideradas en el Reglamento de Promoción Decreto 511 de 1997; y modificaciones posteriores, aplicadas en el Reglamento Interno de evaluación que constituye el anexo Nº 1 de este Manual..
TÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN.
ART.1 El presente reglamento afectará a todos los alumnos y alumnas de la Escuela Oriente.
ART.2 Son alumnos y alumnas de la Escuela Oriente todos los niños y niñas que se encuentren matriculados y cursen estudios en forma regular y/o especial.
ART.3 Todos los estamentos de la Escuela Oriente les corresponderá velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias:
Ø A los Padres, madres y/o apoderados.
Ø Al Personal Auxiliar - Personal Administrativo e Inspectores o Para docentes.
Ø Al Profesor de Asignatura y/o Profesor Jefe.
Ø Al Inspector General
Ø A la Dirección.

ART. 4 Son instancias de atención y resolución de problemas las siguientes situaciones:

a. Problemas Disciplinarios (Es un problema disciplinario el no cumplir o no poner en práctica las normas de convivencia de la escuela y fuera de ella).
· Profesor de Asignatura (Debe registrar la situación e informar al Profesor Jefe)
· Profesor Jefe (Sí el caso lo amerita, informar a Inspectoría General)
· Inspectores (Registrar la situación, Informar al Profesor Jefe e Inspectoría General)
· Inspectoría General (Sí el caso lo amerita informar a Dirección)
· Directora. (Entrevistar al alumno, orientarlo y dejar registro de la situación en su hoja de vida, si corresponde).
b. Problemas de Rendimiento (Son problemas de rendimiento el incumplimiento de tareas, las bajas notas, la no asistencia a clases en día común y de pruebas).
· Profesor de Asignatura (Debe registrar la situación en la hoja de vida y / o informar al Profesor Jefe)
· Profesor Jefe. (Entrevistar al alumnos, dejar constancia escrita, citar al apoderado. Sí el caso lo amerita, informar a Unidad Técnica Pedagógica.
· Unidad Técnica Pedagógica (Entrevistar al alumno y apoderado, llegar a compromisos de cambios de actitud del alumno, dejar constancia escrita y hacer seguimiento de la entrevista, referir a especialista si lo requiere).
· Dirección (Conversar con el alumno – apoderado – profesor – generar actitud de cambio y propuestas de solución o remédiales al bajo rendimiento del alumno en acuerdo con todos los involucrados.)

TÍTULO II: DEL TRATO CON LOS DEMÁS
ART.5 El lenguaje y gesto para relacionarse con el grupo de pares, profesores y funcionarios de la Escuela, será respetuoso procurando un tono de voz que excluya: los gritos, silbidos y palabras groseras, garabatos.

ART.6 Tanto adultos como niños (as) no se referirán a otra persona con sobrenombres, se evitará estigmatizar dentro o fuera del aula, no se debe tratar a los alumnos o adultos como “este es un cacho”, no hacer comparaciones, “porque tú no puedes hacerlo si otros lo hacen” , etc.

ART.7 Para realizar alguna queja o consulta los alumnos deberán seguir el conducto regular:
Ø Primero al Profesor de asignatura con la cual tiene el problema, el adulto deberá escucharle y evitar emitir frases prejuiciosas o despreciativas.
Ø Segundo lugar al Profesor Jefe y siempre que se haya tratado el tema con el profesor involucrado.
Ø En tercer lugar el alumno solo o con el profesor de asignatura y/o el profesor jefe, pasaran el caso a la Unidad Técnica Pedagógica (UTP). Siempre que se trate de problemas de evaluación y/o calificación, a Inspectoría General, si se trata de problemas de disciplina, rotura o daño a los bienes de la escuela, atropellos u desorden en el aula, los patios y en el trayecto de la escuela la casa.
Ø La Dirección, llegará todo problema que no fue solucionado en la instancia anteriores correspondientes.
ART. 7 No se permitirá el consumo ni el porte de ningún tipo de drogas tales como: tabaco, alcohol, marihuana, anfetaminas, neoprén, pasta base de cocaína, cocaína, etc., en la escuela o fuera de ella con uniforme representando al Establecimiento.
Se exceptuan las que se consumen por prescripciones médicas.
ART. 8 Se deberá cuidar los bienes propios y ajenos no causándoles daño voluntariamente. Por ningún motivo se podrá apropiar de un bien ajeno. De romperse, quebrarse o deteriorarse bienes muebles o inmuebles, él o los responsable(s) de ese hecho deberá(n) responder y/o cancelar lo dañado. En caso de no encontrarse él o los responsable(s), existirá el “Compromiso compartido” en que el grupo curso deberá reponer el elemento dañado o perdido.
a) Salas de Clases: El primer responsable de administrar con celo y cuidado los recursos existentes en ellas es el docente o codocente a cargo y los alumnos y alumnas.
b) Biblioteca: Para utilizar los recursos de biblioteca estos se prestarán en primer lugar al docente que lo solicite para trabajo en aula y luego en segundo lugar a los alumnos y alumnas que soliciten libros y otros para trabajo en aula y/o: Para llevar a su casa libros de lecturas, sólo lo podrán realizar aquellos de lectura complementarias y según las normas del reglamento de biblioteca, Anexo Nº 2. Para evitar pérdidas de estos, la encargada de biblioteca llevará un registro de salida e ingreso de los materiales allí existentes.
c) Enlaces: El uso de la sala de Enlaces se plantea desde un cronograma semestral, donde cada curso (Prekinder a 8° año básico) tiene acceso por lo menos una vez a la semana al uso de este recurso tecnológico en el cual se trabajan las áreas de mayor déficit en el concierto educacional: Lenguaje y Comunicación, Educación Matemática y Ciencias. Cada docente debe presentar una planificación con lo que va a desarrollar. Además durante tres días a la semana entre las 16:00 y 18:30 hrs., siendo atendidos los alumnos y alumnas del establecimiento, para realizar sus tareas. De esto es responsable directo el encargado de Enlaces y un codocente.

TÍTULO III: DE LOS DEBERES
ART.9 El uso de uniforme es obligatorio, y aquellos casos que se adscriban a una situación socioeconómica que les impida cumplir con el uso del uniforme, la escuela a través de su ropero escolar se hará cargo de donar al alumno o alumna el uniforme, previo aviso del apoderado y al profesor jefe. Deberán usar cotona y delantal los alumnos de Pre-kinder a 4° año Básico . El corte de pelo de los varones será corto, sin tintura. Las damas deberán presentarse sin maquillaje y el pelo peinado en moño o trenzado. No se permitirá la tintura del pelo, ni el uso de varios aros. Tanto en damas como varones, no se permitirá el uso de collares.
ART.10 Cada alumno deberá presentarse limpio y ordenado: pantalón recto y sin bolsillos adicionales, camisa dentro del pantalón, botones bien cosidos y los zapatos lustrados, incluso los días de Taller y Educación física.
Para Educación Física, usará el buzo deportivo de la escuela, en caso que no lo tenga, deberá traer un buzo azul dentro de la mochila. El equipo está constituido por:
1. Implementos de higiene: Toalla y jabón.
2. Implementos deportivos: Buzo oficial de la Escuela de lo contrario buzo azul. El alumno(a) que tiene el buzo oficial podrá venir vestido, desde su casa el día que le corresponda Educación Física.
ART.11 No se permitirá el uso joyas, ni tenencia de dinero, artículos u objetos de valor, como: celulares, discman, juegos electrónicos, etc., la responsabilidad en caso de pérdidas recaerá sobre el alumno. La Escuela no se responsabilizará por la pérdida o daño de cualquier elemento de valor.

ART.12 Los alumnos deberán presentarse a clases con los materiales de trabajo necesarios para el desarrollo de sus actividades. Si por alguna razón no pudieran adquirirlos, el apoderado deberá enviar una comunicación al Profesor de asignatura y/o al Profesor , comunicación que deberá el niño presentar al inicio de la actividad.

ART.13 No se sostendrán conversaciones ajenas al interés de la clase cuando el profesor o algún alumno se está dirigiendo al grupo curso. Los alumnos deberán mostrar una actitud deferente y de respeto con todo el personal que labora en la Escuela, en todo momento.

ART.14 No se aceptará que los alumnos(as) coman alimentos, dulces , su colación o mastiquen chicles en las horas de clases. El profesor tiene el deber y derecho de llamar la atención y hacer votar el chicle.
ART.15 No se aceptará el uso de aparatos de radios, personal estéreos, juegos virtuales, celulares o similares dentro de la jornada de clases, salvo que algún profesor lo solicitara para el desarrollo de la clase, esto último se refiere a radio. Cuando a un alumno y/o alumna se le encuentre con alguno de dichos aparatos, será requisado por el profesor que atiende el curso en ese momento, haciendo entrega del mismo a Inspectoría General, desde donde será llamado el apoderado para su entrega y firma de toma de conocimiento de lo sucedido.
ART.16 Durante el uso de la sala de clase o cualquier dependencia de la escuela el profesor o inspector harán que los alumnos mantengan el lugar limpio y ordenada.
En la sala de clases existirán los “semaneros”, alumnos designados en Consejo de Curso para realizar el ordenamiento y recogida de papeles de la sala de Clases durante una semana), Los Profesores Jefes tendrán que mantener una nómina de “semaneros” visibles en el libro de clases y diario mural, los profesores e inspectores deberán cautelar el cumplimiento de estas funciones.
ART.17 En el establecimiento se atiende y se atenderá la situación de nuestras alumnas embarazadas, cumpliendo con la ley 19.862 (12.03.2004). El profesor Jefe y el equipo técnico o directivo, analizará la situación de salud de la alumna embarazada con la alumna involucrada, su Madre y/o padre en caso que concurra, el profesor jefe, UTP y Dirección del establecimiento), quienes determinarán la mejor forma para que la menor embarazada pueda terminar su año escolar respondiendo primero que nada al cuidado de su bebé y al rendimiento escolar de la niña.
TÍTULO IV: EXIGENCIAS Y CUMPLIMIENTOS

ART.18 El horario de inicio de la jornada escolar es:
Ø PARA LOS DOCENTES:
A las 8:25 hasta las 13:35 y de 14:25 a 18:00hrs de lunes a Jueves
De 8:25 a 13:25 hrs el día Viernes., este horario se modifica de acuerdo a las horas de contrato de
cada docente.
Ø PARA LOS ALUMNOS
El ingreso a las 8:30 hasta las 13:30 y de 14:30 a 16:00 hrs. de lunes a jueves, el día viernes se completa el horario de 38 hrs. pedagógicas de clases semanales con la salida de los alumnos (as) a las 13:30 hrs.
Ø PARA EL PERSONAL NO DOCENTE:
E l horario de ingreso será variable de acuerdo a las necesidades de la escuela y de acuerdo a la función que cumplen.
El horario de todo el personal del establecimiento se realizará año en año, en el mes de marzo, formando parte del anexo N °3 de este documento.
Ø HORARIO DE CLASES :

08:30 a 10:00 hrs. Ingreso de alumnos.
8:30 a las 10:00 hrs. Primer bloque de clases.
10:00 a 10:15 hrs. Recreo
10:15 a 11:45 hrs. Segundo bloque de clases.
11:45 a 12:00 hrs. Recreo
12:00 a 13:30 hrs. Tercer bloque de clases.
13:00 a 14:30 hrs. Colación
14:30 a 16:00 hrs. Cuarto bloque de clases.
16:00 a 18:30 Hrs. Actividades Extraprogramáticas.

Ø DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.
· Los Alumnos que lleguen atrasados, se les permitirá el ingreso al establecimiento, siendo su atraso registrado en el Libro Registro De Atrasos. El cual será manejado por Inspectoría. Con tres atrasos del alumno durante el trimestre, se citará al apoderado.
· La asistencia a clases con el control de ausente o presente en la hoja de subvenciones, será de responsabilidad del profesor que le corresponde estar en la primera y segunda hora de clases, siendo además responsabilidad de cada profesor pasar asistencia y constatar la presencia de los alumnos en cada cambio de profesor o período de clases, de percibir una ausencia estando presente en la hora anterior el profesor deberá dar cuenta de inmediato a Inspectoria a fin de regularizar la situación de ausencia del alumno.
El profesor jefe al realizar el resumen de asistencia mensual constatara, verificará e informará a Inspectoría General o Dirección de los casos de inasistencia reiterada o frecuente en ciertos días, a fin de tomar en conjunto las medidas pertinentes para remediar dicha anomalia.
· El personal en general, tendrá Reloj control para la constancia de asistencia y puntualidad, se aplicará descuentos por acumulación de 60 minutos y más de atraso en el mes. Siendo responsabilidad del Inspector General aplicar este control.
ART.19 La asistencia a clases, será de un 100% no pudiendo faltar el alumno, a menos que justifique la inasistencia al profesor correspondiente, con certificado médico u otra razón que lo amerite.
ART.20 En las horas de recreo y colación, los alumnos deberán permanecer en el recinto del establecimiento.
ART.21 Referente a la inasistencia a pruebas, el alumno deberá justificar al profesor de asignatura y acordar con él la fecha en que se rendirá ésta. Las inasistencias a clases, deberán ser justificadas por el apoderado o tutor por escrito. Será el profesor Jefe o de asignatura que atienda el curso a la primera hora el responsable de revisar dichas comunicaciones del hogar. En aquellos casos en que el profesor lo estime conveniente citará al apoderado para entrevista personal, a causa de reiteradas inasistencias u otras razones derivadas de ausencia a clases.
ART.22 En cuanto a la salida de los alumnos en horas de clases, sólo se permitirá en caso de urgencia siempre y cuando sea retirado por su apoderado. En caso de síntomas de enfermedad el alumno debe avisar al profesor Jefe y este le autorizará para que Inspectoria General , aplique el procedimiento regular cuando un alumno se retira antes del término de la Jornada habitual, dando aviso telefónico al apoderado en la medida de lo posible. Los alumnos de Pre- kinder, kinder, primer y segundo año básico deben ser retirados por un adulto responsable, cuando el menor se encuentre enfermo, será enviado a casa por un adulto responsable que trabaje en la escuela. En 3º y 4º Básico se analizará el caso , según su estado de salud, si se va solo o si lo vienen a buscar. De 5º a 8º Básico, podrán ser enviados a su casa con comunicación al apoderado y registro del nombre del alumno en el libro de salida de alumnos. En todos los casos anteriores deberá quedar registro en el libro de salida.
ART.23 Los alumnos deberán asistir y participar en los actos cívicos y desfiles que se realicen durante el año, y actividades que organice la Escuela.

TÍTULO V: DE LOS DERECHOS Y ACCIONES POSITIVAS.
Observaciones Positivas:
Art.24. Son observaciones positivas aquellas que refuerzan conductas, acciones, actitudes y valores socialmente aceptados y promovidos por el establecimiento. Son aquellas en que el alumno se destaca por:
a. Participación activa en clases o eventos del establecimiento.
b. Trabajo destacado en cualquier sector o subsector de aprendizaje.
c. Espíritu de superación o esfuerzo.
d. Acción o trabajo destacado en cualquier evento, en la comuna, provincia, región o el país.
e. Actitud solidaria en todas sus manifestaciones.
Aplicación: Los Profesores Jefes y/o de asignaturas, UTP, Inspectoría General o Dirección son los encargados de realizar el registro en el libro de clases, tipificándola. Además se notificará al apoderado la respectiva felicitación por el buen desempeño de su alumno(a). Se anexa (Anexo Nº 4) como apoyo un listado de aseveraciones ya sea positiva o negativas para felicitar o llamar la atención del niño(a).
Los alumnos y alumnas que presenten buena conducta y excelencia académica, serán reconocidos durante cada trimestre, integrando el “Cuadro de Honor”, además se destacarán en el acto cívico correspondiente.




TÍTULO VI: DE LAS SANCIONES Y AMONESTACIONES

ART.24 El incumplimiento de sus deberes dará origen a los siguientes tipos de Faltas: LEVE, GRAVES, MUY GRAVES.
1. Faltas LEVES, son aquellas que se producen ordinariamente durante el desarrollo normal de la jornada. Son faltas leves las siguientes:
1.1 Interrumpir de cualquier modo la clase por primera vez.
1.2 Impuntualidad en las horas de llegada al desarrollo de la jornada
1.3 No traer la libreta de comunicaciones.
1.4 Interrumpir, burlarse, conversar o chacotear durante el desarrollo del acto cívico.
1.5 Incumplimiento de tareas y/o presentarse a clases sin los útiles y materiales escolares.
1.6 Uso de ropas y accesorios que no correspondan al uniforme del colegio e incumplimiento de disposiciones relativas al uniforme escolar y/o presentación personal.
1.7 Juegos bruscos de cualquier modo dentro o fuera de la sala de clases Ensuciar la sala de clases y las dependencias del establecimiento.
1.8 Entrar con violencia a cualquier dependencia de la escuela.
1.9 Invadir terrenos ajenos o aledaños al establecimiento.
1.10 Marcar chicle, comer o gritar en la sala de clases.

Sanciones y su Aplicación ante una falta leve: Corresponderá a los profesores, profesores jefes e inspectores aplicar:
- Amonestación verbal
- Amonestación verbal y consignación en la hoja de vida, tipificándose la falta
- Realización de trabajos relacionados con la falta cometida
La reiteración, por segunda vez, de cualesquiera de las faltas leves, se transformara en una falta grave. Por tanto se sancionar esas acciones como faltas graves:

2. FALTAS GRAVES: Son aquellas que reiteradamente perturban la sana convivencia y atentan contra las normas de relaciones establecidas al interior de la Escuela Oriente.
Son Faltas Graves:
2.1.- Expresarse con garabatos a un profesor, inspector o cualquier adulto de la escuela, o a sus compañeros y compañeras de cualquier nivel.
2.2.- Manosear, agarrar partes del cuerpo o realizar gestos obscenos a sus pares u otras personas en el establecimiento.
2.3.- Incumplimiento de una orden emanada de autoridades del establecimiento.
2.4.- Incumplimiento en el uso de uniforme en actividades tales como: salidas en representación de la Escuela en actos oficiales y/o actos similares.
Sanciones y su aplicación ante una falta grave: Al aplicar una sanción se tendrá presente el tipo de falta y el nivel al cual pertenezca el o los alumnos considerando las atenuantes y agravantes. Corresponderá a los profesores de asignaturas, profesores jefes e inspectores aplicar:
a. Amonestación verbal y consignación en al hoja de vida, tipificándose la falta.
b. Amonestación escrita con comunicación al apoderado.
c. En caso justificado se derivará a Inspectoría General y se citará al apoderado.
d. La reiteración por tercera vez de cualesquiera de las faltas será motivo suficiente para sancionar la acciones como falta muy grave.
e. Inspectoría General y/o la Dirección de la Escuela Oriente podrán suspender de clases al alumno o alumna por número de días que se determine en función de la falta. Variando la sanción de uno a cinco(5) días de suspensión. Se podrá cambiar la suspensión de clases, por un trabajo en la escuela , trabajo que se acordará de común acuerdo con el alumno y /o apoderado.
3. Faltas Muy Graves: Son aquellas que atentan contra el bienestar físico y psicológico de la persona, contra los principios básicos de convivencia social y contra el patrimonio del establecimiento, comuna y el país.
Son faltas Muy Graves:
3.1 Ofensas o faltas de respeto de hecho o de palabra hacia símbolos patrios y/o del establecimiento.
3.2 Ofensas o faltas de respeto de hecho o palabra hacia cualquier funcionario de la escuela, compañeros, causándoles lesiones o daños.
3.3 Adulteración de calificaciones, observaciones en los libros de clases, en informes personales y otros documentos oficiales de la Escuela Oriente, presentar al establecimiento documentos con datos alterados o falsos.
3.4 Causar daño en forma intencional a los bienes del colegio; es decir, aula de clase, aula de enlaces, equipos computacionales, laboratorios, baños, camarines, bibliotecas, talleres, etc.
3.5 Rayar murallas o dependencias del establecimiento.
3.6 Destruir o deteriorar de cualquier manera en forma intencionada, prendas de vestir propias o de sus pares, árboles o plantas del establecimiento.
3.7 Consumir o portar bebidas alcohólicas o drogas en cualquier recinto de la Escuela Oriente o fuera de ella con uniforme o representando al establecimiento (fiestas del colegio, salida a terreno, viajes de estudio, etc.)
3.8 Fumar cigarrillos en el establecimiento o sectores aledaños a él.
3.9 Presentarse en estado de embriaguez en cualquier dependencia del establecimiento, el responsable será sancionado y su caso lo llevará el apoderado ante autoridades competentes.
3.10 Faltar a clases sin autorización, engañando a padres y/o apoderados y profesores.
3.11 Suplantar o hacerse suplantar por otro alumno durante aplicación de evaluaciones y/o en trámites administrativos.
3.12 Destruir, sustraer, ocultar o apropiarse de bienes ajenos a él.
3.13 Sustituir o falsificar firmas, presentar como propios trabajos ajenos y apropiarse de cuadernos o libros.
3.14 Salir del establecimiento sin autorización durante la jornada escolar o usando como medio de justificación la mentira o escaparse por los patios o cercos.
Sanciones y su aplicación en las faltas muy graves :
Al aplicar una sanción se tendrá presente el tipo de falta y el nivel al cual pertenezcan el o los alumnos considerando las atenuantes y agravantes. Corresponderá a los profesores de asignatura, profesores jefes e inspectores consignar en la hoja de vida, tipificando la falta e informar inmediatamente de la falta a Inspectoria General o Dirección, para evaluar y tomar las medidas y remediales oportunamente. Todo esto deberá quedar registrado en la hoja de vida del alumno con firma del alumno, apoderado y profesor Jefe.


Procedimientos para Sancionar las faltas :
1. Las faltas (leves, graves y muy graves) serán consignadas en la hoja de vida del libro de clases, por el profesor de asignatura, profesor jefe o el inspector general que observe la falta en forma inmediata, manifestándola al alumno para que tome conocimiento de la sanción.

2. Las amonestaciones verbales serán realizadas en el mismo momento que se produzca la falta, por el personal de la Escuela que la observe, siempre y cuando esta sea una falta leve.

3. Las faltas graves además de una amonestación verbal deberán ser consignadas en la hoja de vida del libro de clases, con la aplicación de la sanción correspondiente.

4. Las faltas observadas fuera de la sala de clases, dependiendo de su gravedad serán consignadas en la hoja de vida del libro de clases, además de la correspondiente amonestación verbal y sanción.

5. Será obligación del profesor dar cuenta de la reiteración de la observación o falta del alumno o alumna al Profesor Jefe.
6. Las faltas graves o muy graves deberán ser informadas inmediato a Inspectoría General por la persona o funcionario que registre la observación, quien tomara la situación, evaluará y resolverá la sanción en acuerdo con el profesor jefe, quienes además deberán informar al apoderado por escrito o personalmente, dejando constancia del hecho en la hoja de vida.
7. La acumulación de faltas de distintos tipos será usada como elementos de juicio en consejo de evaluación de profesores, pudiendo la alumna o alumno quedar en situación de condicionalidad de matrícula, situación que deberá ser solicitada por el profesor jefe.
8. Con una Falta muy Grave se citará al apoderado por escrito o personalmente, el que deberá concurrir a la Escuela al día siguiente.
9. La condicionalidad de matrícula, será determinada por la Dirección de la Escuela en solicitud del Profesor Jefe del alumno merecedor de esta sanción.
Levantamiento de la Condicionalidad.
Las alumnas y alumnos que muestren un cambio de conducta positivo durante el trimestre y el Consejo de Profesores así lo determine, quedarán exentos de la condicionalidad, situación que debe ser presentada y solicitada por el Profesor jefe.
La situación de condicionalidad no se arrastra de un año a otro, en espera que el alumno(a) madure y manifieste los aspectos positivos de su personalidad y conducta.

TITULO VII: DE LOS PADRES Y/O APODERADOS
ART. 25 En relación a la participación de los padres y/o apoderados en nuestro establecimiento, se considera los siguientes
Derechos de los Padres y /o Apoderados:
a. Tienen derecho a ser informados de los aprendizajes esperados de sus hijos(as) de los que deberían alcanzar durante el año escolar y del sistema de evaluación que se empleará.
b. Tienen derecho a conocer e identificar al profesor jefe y del resto del personal docente, codocente y administrativo del establecimiento.
c. Tienen derecho de participar de actividades extraprogramáticas que se desarrollen en el establecimiento, como talleres, programas de regularización de estudios, programas de computación, etc.
d. Tiene derecho a ser informado de cambios en la malla curricular y/o de estructura del marco curricular del establecimiento.
e. Tiene derecho a realizar sugerencias y reclamos al quehacer educacional del establecimiento. Esto será por escrito en el Libro de Sugerencias y reclamos.
f. Asistir a la rendición de la cuenta pública del establecimiento.
g. Participar en el Consejo Escolar.
h. Participar y formar parte del CC de PP y Apoderados.
i. Colaborar en el aula de los cursos de primer ciclo, esto a petición del docente responsable del curso.
ART. 26 Con respecto a los deberes de los padres y/o apoderados del establecimiento.
a. Asistir al establecimiento reunión de apoderados cada 45 días.
b. Asistir cuando el establecimiento lo requiera, ya sea para enterarse de
una situación positiva o negativa de su pupilo.
c. Cumplir con la normativa existente de la escuela.
d. Es un deber que el apoderado matricule a su alumno y/o alumna.

TÍTULO VIII: DE LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD.

ART. 27
ART. 28

TÍTULO VIII: DE LOS PASEOS Y LAS SALIDAS A TERRENOS.
Art. 25 Se autorizará la salida a terreno de los cursos en la jornada escolar cuando sean de tipo cultural, deportivo, de estudios y de obtención de información, conforme al Proyecto Educativo y Curricular de la Escuela. La solicitud respectiva se deberá presentar en UTP e Inspectoría General. El profesor o los profesores responsables deberá(n) llenar un formulario de permiso que incluya la nómina de los alumnos(as). Previa autorización de los padres y autorización del Inspector General.

Art. 26 Las autorizaciones para paseos y/o giras de estudios se deberán adecuar a las disposiciones emanadas de la Secretaría Regional de Educación, con conocimiento de los padres y/o apoderados y autorización escrita de los mismos.

TÍTULO VIII: DISPOSICIONES GENERALES.
Art. 27 Cualquier situación no prevista en este reglamento como así mismo las modificaciones a éste, podrán ser analizadas en el Consejo de Profesores y Dirección.

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